22 septiembre 2014

Denuncian el uso de voladores contra aguilas reales en en el Parque de Picos de Europa

Denuncian el uso de voladores contra aguilas realesTras haber sido constatados varios sucesos controvertidos en el desarrollo del programa de reintroducción del Quebrantahuesos en el Parque Nacional de los Picos de Europa, los grupos ambientales abajo firmantes quieren denunciar el más reciente y escandaloso que ha tenido lugar con motivo de la solicitud de captura de un pollo de la especie águila real (Aquila chrisaetos), y con el lanzamiento de voladores y cohetes contra el mismo, con la dudosa justificación de la supuesta interacción que, al parecer, tiene con los ejemplares de quebrantahuesos que artificialmente se han soltado en la zona en la que una pareja de águila real cría desde hace varias décadas en el interior del espacio protegido, que es su área de distribución y hábitat natural.

El proyecto de reintroducción del quebrantahuesos ha sido, desde el principio y hasta el momento, fuente de conflicto no resuelto, no solo por cuanto la causa de la desaparición de la especie que se pretende reintroducir en el Parque Nacional sigue jugando sus efectos hoy día con la aparición de no pocos casos de veneno, sino porque ahora se añade, como coste adicional no previsto ni autorizado, la captura y agresión con elementos explosivos a la especie águila real que está catalogada como vulnerable y habita en el Parque Nacional de los Picos de Europa.





Las asociaciones ambientales que suscriben este comunicado piden a las Administraciones públicas con competencia en la materia que no den el visto bueno a la captura injustificada de ejemplares de águila real y a la actuación consistente en la utilización de material explosivo contra ejemplares de la referida especie. Y, a través de la representación en el Patronato del Parque Nacional de los Picos de Europa, han solicitado copia de la resolución administrativa que autoriza tal intervención agresiva en la naturaleza, por si la misma hubiera incurrido en ilícito penal alguno, así como la incoación de expediente administrativo para el caso de que la actuación se hubiera llevado a efecto careciendo de autorización, pues cabe calificar a la misma de barbaridad intolerable que se aleja considerablemente de los parámetros generales de prudencia, al utilizar los referidos medios gravosos, que en absoluto justifican el fin con las especies salvajes protegidas.

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