Las
revelaciones de eldiario.es sobre el sobreseimiento de una sanción de casi
600.000 euros al ayuntamiento de La Puebla de Montalbán por el vertido de aguas
contaminadas procedente de la depuradora municipal son de extrema gravedad.
Según los
datos publicados, la depuradora carecía desde 2012 de autorización de vertido
por infracciones previas cuando entre septiembre y noviembre de 2014 dio lugar
a un nuevo vertido que contaminó gravemente el río Tajo. La Confederación del
Tajo estimó en tres millones los litros de agua “con una carga alta
contaminante” que se vertieron al arroyo Cañares y de aquí al Tajo.
Probados los
hechos por los análisis e informes técnicos del área de calidad de aguas de la
Confederación del Tajo, y verificada también tanto la falta de autorización de
vertido como la reincidencia, se resolvió sancionar por infracción muy grave al
ayuntamiento como titular de la depuradora, lo que conllevaba una multa de
454.000 euros y una indemnización por daños en el dominio público hidráulico de
136.000 euros. Algo perfectamente razonable dados los hechos y que habla bien,
al menos en esta ocasión, del ánimo de la Confederación de perseguir y
sancionar la contaminación en el Tajo.
Al parecer
la Abogacía del Estado y el propio Ministerio desconocían que el Tribunal
Supremo ya ha emitido varias sentencias en casos similares y en ellas determina
con total claridad que la responsabilidad del vertido en una depuradora
municipal es del titular de la misma, es decir, del ayuntamiento. Por ejemplo,
hay un fallo de la sección 4 de lo contencioso-administrativo de este tribunal
de fecha 28 de marzo de 2014 contra el recurso de casación 448/2012 del
ayuntamiento de Tarancón en el que se señala que la prestación del servicio por
un tercero no priva al titular de su competencia ni le desvincula de sus
obligaciones.
Entonces
¿Por qué el Ministerio y la Abogacía del Estado eximieron al ayuntamiento de La
Puebla de Montalbán de sus obligaciones y no les obliga a reparar el daño
causado al río Tajo? A ésta y a otras cuestiones tan o más comprometidas debe
responder ahora el Ministerio que dirige la Sra. Tejerina y el equipo de
gobierno del ayuntamiento.
Ecologistas
en Acción prepara ya una batería de escritos a dirigir a la Ministra, a la
Confederación del Tajo y al ayuntamiento de La Puebla de Montalbán para que se
aclaren todas las circunstancias. En primer lugar, las que tienen que ver con
la resolución del expediente sancionador que parece tan turbio como las propias
aguas del Tajo. Y, en segundo lugar, para que se dejen de producir vertidos
contaminantes al río, solucionando de una vez los problemas que hay en La
Puebla de Montalbán y que afectan a la gestión de la depuradora.
Mientras se
preparan y llegan esos escritos y se contestan no estaría de más que las
administraciones empezaran a dar explicaciones y a actuar.
El
Ministerio, con su Ministra en funciones a la cabeza, debe explicar porque se
obviaron las sentencias del Tribunal Supremo que imputan la responsabilidad de
los vertidos de depuradoras municipales a los ayuntamientos. Ya que no se
entiende que quienes deben tener el más alto conocimiento jurídico en materia
de calidad de aguas pasaran por alto nada menos que los dictados del Tribunal Supremo.
El ayuntamiento de La Puebla de Montalbán debe
explicar porque funciona tan mal la depuradora municipal y resuelva de una vez
los problemas graves de vertidos que hay en su municipio. Aparte de por su
responsabilidad en el caso, el equipo de gobierno debe ser consciente del daño
que su actuación está provocando no sólo en el río sino en las justas
reivindicaciones de mejora de su calidad frente a las extracciones del trasvase
Tajo-Segura y a los vertidos procedentes de Madrid.
Fuente: ecoticias.com
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