La autorización de la nueva soja puso en el centro de la escena a los Derechos de Propiedad Intelectual sobre las semillas ya que en Argentina conviven en este momento dos sistemas que permiten la privatización y el monopolio sobre las mismas:
- Por un lado, una Ley de Semillas del año 1973 (Ley 20247) que sigue vigente y que instituyó los Derechos de Obtentor sobre las semillas pero resguardando el uso propio y la posibilidad de realizar investigación sobre las semillas registradas con título de propiedad. La Ley expresa claramente que “No lesiona el derecho de propiedad sobre un cultivar…. quien reserva y siembra semilla para su propio uso”